Dos semanas adicionales por cuidado de menores en 2026: quién puede solicitarlas y cómo

Madre y padre compartiendo juegos y lectura con su hijo pequeño en casa

Si tu hijo nació entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025, puedes tener pendientes dos semanas adicionales de prestación por nacimiento y cuidado de menor. Su solicitud está disponible desde el 1 de enero de 2026: una posibilidad que merece revisar al organizar la conciliación familiar y los permisos de la plantilla.

A quién afecta y cuánto tiempo corresponde

La ampliación contempla dos semanas por progenitor, o cuatro en los supuestos de monoparentalidad. También alcanza a las adopciones, guardas con fines de adopción y acogimientos incluidos en las fechas previstas. Se disfrutan por semanas, juntas o separadas, hasta que el menor cumpla ocho años, con los requisitos de acceso a la prestación que correspondan.

Para los hechos causantes desde el 31 de julio de 2025, estas semanas ya forman parte de la duración general de diecinueve semanas —treinta y dos en monoparentalidad—: no deben sumarse nuevamente a ese total. Puedes consultar el desglose en la información oficial de la Seguridad Social sobre la duración de la prestación.

Cómo solicitar las semanas pendientes

Para la ampliación correspondiente a nacimientos entre agosto de 2024 y julio de 2025, el INSS indica estos pasos:

  1. Avisa a tu empresa con al menos quince días de antelación. La empresa debe emitir y enviar el certificado correspondiente.
  2. Presenta la solicitud como periodo sucesivo en el Portal de Prestaciones de la Seguridad Social. Cada progenitor realiza su trámite individualmente.
  3. Respeta el plazo de solicitud: puede presentarse con una antelación máxima de quince días respecto al inicio del disfrute.
  4. Descarga el justificante y revisa las comunicaciones sobre tu expediente.

El aviso laboral y la solicitud de la prestación tienen funciones distintas; conviene planificar ambos. La guía del INSS para solicitar las semanas adicionales permite acceder al trámite oficial.

Para familias y empresas: organizarlo con tiempo

Nuestra recomendación es revisar primero las fechas del nacimiento o de la resolución, los periodos ya disfrutados y las semanas pendientes. Para la empresa, disponer de esa información facilita preparar el certificado y organizar las ausencias.

En Asesoría Cruz de Martos te ayudamos a revisar tu situación y las gestiones laborales necesarias. Contacta en el 950 292 131 o por WhatsApp.

Información revisada el 23 de septiembre de 2026. La aplicación concreta depende de la situación familiar y laboral y del reconocimiento de la prestación.

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